me temo que no hay ninguna norma que exija la potabilidad del agua en los arrendamientos, al menos en la LAU (ley de arrendamientos urbanos).
Si en el contrato no se especifica la cuestión, tampoco le veo yo muchas posibilidades de éxito solicitar la nulidad del mismo por vicios ocultos, aunque si en el contrato se especificase que existe agua potable de la red, se podría estudiar el tema.
Puedes alquilar una vivienda con agua no potable pero utilizable para las duchas y lavadora... y comprar el agua en botellas, es posible legalmente.
No soy un experto en arrendamientos, pero creo que ese es el estado de la cuestión.
Si me das mas datos podré intentar buscar una solución:
a) que estipula el contrato? b) existe agua no potable? imagino que si. c) existe posibilidad de conexión a la red? d) La propiedad garantizó que el agua era potable cuando se firmó el contrato de arrendamiento, aunque fuera de palabra?
En principio me reafirmo en lo que te dije antes, pero si hay algo que me puedes contar, quizás se podría requerir a la propiedad... dime algo.
Por cierto tienes mi tfno... ¿es que se te ha olvidado marcar? jajaja
Soy una madre de familia como muchas otras pero trabajo en mi empresa de traducciones y paginas Web, despues de casi 10 años trabajando en el mundo del trading he cambiado de rumbo para poder estar más tiempo con mis niños, mi empresa la dirijo desde casa y doy trabajo a una media de 10 personas, cosa que me hace sentir feliz.
2 commentaires:
Hola Marie,
me temo que no hay ninguna norma que exija la potabilidad del agua en los arrendamientos, al menos en la LAU (ley de arrendamientos urbanos).
Si en el contrato no se especifica la cuestión, tampoco le veo yo muchas posibilidades de éxito solicitar la nulidad del mismo por vicios ocultos, aunque si en el contrato se especificase que existe agua potable de la red, se podría estudiar el tema.
Puedes alquilar una vivienda con agua no potable pero utilizable para las duchas y lavadora... y comprar el agua en botellas, es posible legalmente.
No soy un experto en arrendamientos, pero creo que ese es el estado de la cuestión.
Espero haberte ayudado algo...
besos.
Si me das mas datos podré intentar buscar una solución:
a) que estipula el contrato?
b) existe agua no potable? imagino que si.
c) existe posibilidad de conexión a la red?
d) La propiedad garantizó que el agua era potable cuando se firmó el contrato de arrendamiento, aunque fuera de palabra?
En principio me reafirmo en lo que te dije antes, pero si hay algo que me puedes contar, quizás se podría requerir a la propiedad... dime algo.
Por cierto tienes mi tfno... ¿es que se te ha olvidado marcar?
jajaja
besos
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